Recope no demandó a ARESEP

  • Lo que Recope presentó fue un amparo de legalidad, que es un proceso judicial que tutela el derecho a un procedimiento administrativo pronto y cumplido
  • Las devoluciones por diferencias tarifarias (liquidaciones) están contempladas en la Metodología

Bol. 17-2023, 15 marzo. Es necesario aclarar que Recope no presentó ninguna demanda en contra de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).

Ante la alerta que hace Recope en la conferencia de prensa, la ARESEP averiguó que el 14 de marzo de 2023 a las 16 horas, Recope interpuso un amparo de legalidad -que no es demanda-.  

El amparo de legalidad es un proceso judicial que busca del administrado, una respuesta pronta, tutela el derecho a un procedimiento administrativo pronto, dentro de los plazos pautados legalmente.  Es decir, en dicho proceso no se cuestiona la legalidad de las conductas administrativas de la ARESEP.

El ente regulador no ha sido notificado del amparo de legalidad citado. Una vez que a la Institución se le traslade dicho amparo, y este sea resuelto, se podrá brindar mayor información sobre el tema, ya que ofrecer detalles específicos en etapas preliminares, podría resultar impreciso y contrario al ordenamiento jurídico.

Sobre devoluciones

Devoluciones por diferencias tarifarias están contempladas en la Metodología y es necesario aclarar que, dependiendo de la evolución de las variables, pueden ser a favor de Recope o favor de los usuarios.

En lo que corresponde al ajuste extraordinario en los precios de los combustibles de marzo, es importante tener presente que la metodología establece el cálculo del rezago/diferencial de precios que la ARESEP debe aplicar de oficio cada seis meses: Marzo y Setiembre. No es un asunto que dependa de la voluntad de Recope sino de algo que está definido así en la metodología.

Con base en la información presentada por Recope el pasado viernes 10 de marzo, la ARESEP debe realizar dos ajustes:

  1. Por un lado, el ajuste por concepto de precios internacionales y tipo de cambio, para cada uno de los productos (costo de adquisición de Recope).
  2. Por otro lado, el cálculo del diferencial de precios, su liquidación y la liquidación de los subsidios; que de acuerdo con la metodología “debe” realizar cada 6 meses (marzo y setiembre). Esto se aplica de oficio.

En este momento la ARESEP está analizando la información presentada y todavía no se puede precisar el monto de cada uno de estos ajustes, puesto que se están haciendo los cálculos pertinentes.

Hay que tener presente que, en este momento, en principio, correspondería una devolución al usuario. Pero también podría suceder lo contrario; es decir, un escenario en donde la devolución sea a favor de Recope.

Cabe recalcar que la ARESEP toma sus decisiones tarifarias con base en las metodologías establecidas, en estricto apego a la técnica y a la ley.

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