Electricidad tendrá ajuste por consumo térmico

Las tarifas eléctricas tendrán un ajuste debido a que durante el último trimestre revisado se necesitó más energía producida con combustibles para cubrir un aumento del 6,64% en la demanda de electricidad. Este ajuste  regirá entre julio y setiembre.

El cambio de precios se aplica a las ocho empresas eléctricas del país: Instituto Costarricense de Electricidad, Compañía Nacional de Fuerza y Luz, Empresa de Servicios Públicos de Heredia, Junta Administradora de Servicios Eléctricos de Cartago y las cooperativas que operan en San Carlos, Alfaro Ruiz, Guanacaste y Zona de los Santos.

El aumento en la demanda nacional de electricidad fue impulsado por las reducciones de precios del servicio que se aplicaron en los meses anteriores, así como en una mayor actividad económica, confirmada por medio del Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE). Entre febrero y abril de 2015 la demanda fue de 2.218,99 GWh y en igual periodo del 2016 de 2.366,28 GWh, por lo que se debió generar más electricidad para suplir las necesidades del sector comercial e industrial, principalmente.

La mayor demanda implicó un incremento en la generación térmica la cual superó en un 85% el monto estimado para el periodo referido, al pasar del monto estimado de 75,46 GWh a una cifra real de 139,51 GWh.

Por medio de este ajuste de precios se le reconoce al ICE un monto de ¢7.993 millones por concepto de gasto real de combustibles debido al incremento en la generación térmica registrada en este periodo.

Los precios en electricidad variarán según la empresa que presta el servicio y las compras de electricidad que estas realizan al ICE, así por ejemplo, el ajuste implica una rebaja promedio de 1,18% para Coopesantos y un aumento promedio del 5,49% para el ICE. En el siguiente cuadro se detalla el cambio las tarifas para cada empresa distribuidora:

Sistema

Empresa

Variación del ajuste con respecto a precios de junio

Generación

ICE

9,59%

Distribución

ICE

5,49%

CNFL(1)

4,45%

ESPH (1)

3,08%

JASEC (1)

2,79%

COOPEALFARO RUIZ (1)

2,16%

COOPEGUANACASTE

1,52%

COOPELESCA

0,96%

COOPESANTOS (2)

-1,18%

Fuente: Intendencia de Energía. ARESEP.

Notas: (1) Se les aplicó ajuste extraordinario (RIE-10-2016, RIE-011-2016, RIE-012-2016 y RIE-031-2016), publicado en La Gaceta N° 34, Alcance 23 del 18/02/2016; (2) Se aprobó una rebaja de la tarifa sin combustibles a partir del 1 de julio 2016, según RIE-041-2015, publicada en La Gaceta N° 74, Alcance 26 del 17/04/2015.

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