Aviso a la ciudadanía: atención condominios

Ante las consultas sobre facturación realizadas por los diferentes usuarios del servicio de acueducto que viven en un Condominio, la ARESEP les indica: entró en vigencia lo resuelto por la Junta Directiva de la Autoridad Reguladora, de conformidad con lo aprobado mediante la resolución RE-0078-JD-2024, publicada en La Gaceta 131, Alcance 127, del 17 de julio del 2024.

Lo anterior, dejó sin efecto lo definido en el Reglamento Técnico en materia de medición de los consumos que registran los condominios de manera agregada.   En este sentido, aquellos condóminos que recibieron la facturación por el servicio de acueducto aplicando el mecanismo de medición suspendido, deberán de gestionar ante el prestador del servicio la anulación de dicha factura y la emisión de una nueva factura con el monto por pagar corregido.

Aunado a lo anterior, se hace un llamado a los prestadores del servicio de acueducto a atender esta recomendación e informar a los usuarios mediante los canales de comunicación establecidos los pasos a seguir para realizar el trámite de manera expedita.

Si algún usuario tiene dudas con el procedimiento de medición, facturación y modificación del monto a facturar, debe acudir ante el prestador del servicio, quien tiene la obligación de ajustar la factura respectiva.  De continuar la duda o inconformidad con lo resuelto, puede presentar su gestión formal ante ARESEP. 

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