ARESEP defiende independencia técnica en regulación

·  Comparece en Asamblea Legislativa para rendir criterio sobre estudio de la Contraloría General de la República donde invade competencias tarifarias

Boletín 03-2020, 20 de febrero de 2020. “Somos respetuosos del marco legal y del trabajo que realiza la Contraloría, pero también somos garantes de nuestras competencias como reguladores”, defendió el Regulador General Roberto Jiménez ante los diputados que integran la Comisión Especial para el control del ingreso y del gasto públicos. 

El jerarca de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos compareció hoy en relación con el “informe de Auditoría de Carácter Especial acerca del proceso instaurado por el ICE y la ARESEP para la Concesión de la Generación y Compra de Energía Eléctrica a Privados” para explicar la posición de la Autoridad Reguladora, frente a un informe emitido por la Contraloría, en el que esa entidad aseguró que hubo errores para establecer tarifas a los generadores privados.

La ARESEP ha sostenido que este informe de la Contraloría contiene falencias que se señalaron durante la etapa de comentarios y fueron objeto de los recursos de revocatoria con apelación en subsidio y gestión de nulidad, presentados oportunamente y elevados al conocimiento de la señora Contralora. Entre los principales argumentos señalados por la Autoridad Reguladora sobre este informe se encuentran:

1. Invade las competencias regulatorias de la Autoridad Reguladora, potestades otorgadas legalmente de forma exclusiva y excluyente a la Autoridad Reguladora.

2. El análisis técnico realizado es incompleto y contiene inconsistencias.

3. No existen desaplicaciones metodológicas, las cuales la CGR menciona como parte de sus hallazgos, toda vez que la metodología ofrece distintas opciones para calcular los componentes de las tarifas.

4. Contiene errores derivados de inconsistencias en la aplicación de los criterios que la misma CGR define, para el desarrollo de sus ejercicios de cálculo.

En el quehacer regulatorio, la ley 7593 de la Autoridad Reguladora, le asigna a la Junta Directiva de la ARESEP, la competencia de aprobar los instrumentos regulatorios y sus modificaciones, mientras que la aplicación de dichos instrumentos, recae en el caso concreto, en la Intendencia de Energía (IE), la cual goza de independencia técnica para estos efectos.

La ARESEP es la única entidad con la potestad para definir tarifas en los servicios públicos. Lo hace a través de metodologías que han pasado por el proceso participativo de audiencia pública, y conforme depura la información y mejoran los procesos contables en regulación, se pueden afinar estos instrumentos, de conformidad con lo establecido en la Ley 7593 y el artículo 188 de la Constitución Política.

Las interpretaciones que hace la Contraloría sobre la Metodología existente, contravienen el principio de seguridad jurídica.

Para la ARESEP, el informe de la Contraloría excede sus competencias, e invade la autonomía funcional de la Autoridad Reguladora, al realizar estimaciones de tarifas a partir de criterios propios subjetivos y que posteriormente la misma Contraloría se contradice, al exigir a la ARESEP que realice el cálculo tarifario según sus interpretaciones a la metodología.

La ARESEP agotó las vías administrativas, tales como el diálogo entre instituciones y los mecanismos de revisión dispuestos en el ordenamiento jurídico; por lo que se debió interponer una medida cautelar en la sede contencioso administrativa, que pretende la suspensión de los efectos del citado informe de la CGR y sus actos conexos, con el fin de evitar daños graves o perjuicios a los usuarios finales.

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