ARESEP atiende quejas de generación distribuida

Boletín 05-2024/ 18 enero 2024

  • La Autoridad Reguladora analiza información y seguirá el debido proceso en sus actuaciones

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) valora suspender, temporalmente, la aplicación de la metodología con la cual se fijan las tarifas para la generación distribuida, debido a las 85 quejas interpuestas por los usuarios, a efectos de evitar que se causen daños o perjuicios.

Las quejas provienen de usuarios que son atendidos por cuatro de las ocho empresas eléctricas, según el siguiente detalle:

Fuente: Elaboración propia de la ARESEP

Las razones de las quejas se resumen principalmente en:

  • Se emitieron tarifas para la aplicación simultánea y las empresas eléctricas no las han realizado así
  • No hay homogeneidad en la forma de cobro por parte de las 8 empresas eléctricas.

Resulta conveniente precisar que, dentro de la función regulatoria de ARESEP, debe armonizar los intereses de los consumidores, usuarios y prestadores de los servicios públicos, para cumplir lo establecido en el artículo 4 de Ley N° 7593.

Por estas razones, la ARESEP está valorando y analizando suspender los efectos de la metodología que fija las tarifas para la generación distribuida, con el objetivo de que las empresas adecuen sus sistemas tanto para los cobros, como para el reconocimiento de la energía depositada por los usuarios; y analizar si la metodología requiere algún ajuste técnico.

De realizarse una suspensión temporal de la aplicación, o algún ajuste a la metodología tarifaria, la ARESEP seguirá el debido proceso conforme los mecanismos legales y técnicos establecidos. Una vez que se defina lo que corresponda técnica y jurídicamente, se estará informando adecuadamente, a efectos de brindar seguridad jurídica a los interesados.

Dadas las declaraciones de la Cámara de Empresas de Distribución de Energía y Telecomunicaciones (Cedet), la ARESEP aclara los motivos de las demandas recibidas por usuarios que colocaron paneles solares, reiterando que es responsabilidad del Ente Regulador procurar el equilibrio entre las necesidades de los usuarios y los intereses de los prestadores de los servicios públicos.

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