Boletín 26-2023.
- La tarifa que se aplique dependerá de la vigencia del Decreto N°43757-MOPT.
- Ajuste tarifario garantiza que se reconozcan los costos asociados para brindar el servicio.
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) ajustó las tarifas para el servicio de inspección técnica vehicular.
En este servicio, según el artículo 29 de la Ley de Tránsito, la ARESEP define bandas tarifarias (inferior y superior) y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes es la entidad que define quiénes operan y las reglas de inspección que rigen a los vehículos, así como la fiscalización.
Las tarifas de inspección y reinspección garantizan la prestación del servicio al costo, de manera que el operador reciba los ingresos necesarios para brindar el servicio y una retribución competitiva. Además, se definen tarifas máxima y mínima y el prestador decide que tarifa utilizar dentro de la banda fijada.
En esta actualización, se incorporan los costos por patentes municipales y canon de ARESEP. No se incluye el canon por fiscalización del Cosevi, por no estar aún aprobado por la Contraloría General de la República.
Las tarifas aprobadas plantean 2 escenarios, si se mantienen o no las disposiciones del Decreto N°43757-MOPT del 25 de octubre de 2022 (vigente hasta el 26 de abril 2023). En este decreto se estableció que, si en la inspección se detecta un solo defecto grave o peligroso, el vehículo debe ir a reinspección; pero si se presentan 2 o más defectos graves o peligrosos se debe realizar una nueva inspección integral.
Por lo tanto, ARESEP define:
- Escenario 1: Se mantiene decreto o disposición sobre reinspecciones: se da una rebaja del 1,97%.
- Escenario 2 (no se encuentre vigente el Decreto N°43757-MOPT, ni norma sustituta y se vuelve a aplicar el Decreto N°30184-MOPT que corresponde al Reglamento para la revisión técnica integral de vehículos): implica un aumento del 6,11%, porque se aplica la disposición que todos los rechazos requieren reinspección.