ARESEP aboga por cero discriminaciones en la prestación de los servicios públicos

  • Comparece ante Comisión Especial de Discapacidad en Asamblea Legislativa

 

Bol. 046-2022, 17 de agosto. La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) reitera su compromiso con la no discriminación, igualdad de oportunidades, equidad y accesibilidad de las personas con discapacidad, en los servicios públicos, a través de la promoción y defensa de derechos.

Esta posición fue reiterada hoy ante la Comisión Permanente Especial de Discapacidad y Adulto Mayor, donde participó la Reguladora General Adjunta, Xinia Herrera Durán.

La Ley de la ARESEP prohíbe todo acto de discriminación y las personas tienen el derecho a recibir la misma calidad en el servicio público. No se debe discriminar por condición social, ingresos, lugar de residencia, raza, género, credo religioso, afiliación política, nacionalidad o cualquier otra condición.

Con respecto al transporte público, la Intendencia de Transporte de la ARESEP ha emitido dos criterios técnicos, donde analiza la situación de las personas con discapacidad, para “garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones que las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales”, como las definidas en la Ley Integral de la Persona Adulta Mayor 7935; Ley Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de Personas Mayores 9394 y la 7600 Ley Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad.

Las empresas de transporte público no pueden cobrar pasajes distintos a los establecidos para personas con discapacidad, ni negar la exoneración de tarifa a personas adultas mayores (sin distingo de su nacionalidad).

Los criterios están en los oficios: OF-0210-IT-2022 y OF-0630-IT-2021 donde ordena el cumplimiento de las acciones a las empresas que brindan el servicio de transporte, sean buses, taxis, tren o cabotaje.

Además, se adoptaron normas de Calidad en Transporte Público para garantizar la accesibilidad, como ubicación de timbres, funcionamiento de rampas, gradas de acceso, capacitación a choferes, atención de quejas; los cuales deben ser incluidos en los contratos de concesión.

En el OF-411-IT-2022 se emite criterio acerca de los derechos de los adultos mayores de 65 años, de cualquier nacionalidad, a que se les aplique la exoneración en uso de los servicios de transporte (con menos de 25 km la exoneración es del 100%, de 25 km y menos de 50 km es del 50% y más de 50 km se les exonera un 25%).

La promoción de derechos se realiza a través de la capacitación de Gestores Regulatorios en 76 municipios del país, quienes reciben formación para garantizar el derecho de las poblaciones adulta mayor y con discapacidad.

También se formalizó un proceso de Mesa de Diálogo con operadores, como medida alternativa para la resolución de conflictos.

ARESEP ha tramitado quejas contra empresas de bus y taxi, y ha revocado la concesión al comprobar el incumplimiento de las leyes que protegen a las personas adultas mayores.

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