Aprobadas normas nacionales promovidas por ARESEP para la gestión de la calidad en transporte público

· Las normas de calidad aprobadas son inicialmente voluntarias y buscan promover la mejora continua de los servicios de transporte público.

· Las normas aplican para las distintas modalidades de transportes: bus, tren, cabotaje

Boletín 17-2020, 20 de abril de 2020. La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) promovió que en el país se adopten normas de calidad de servicio para las distintas modalidades de transporte público de pasajeros (autobús, taxi, ferrocarril, cabotaje) según las mejores prácticas aplicables.

Por lo anterior, la Autoridad Reguladora coordinó con el Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO) para que se pudieran realizar los análisis técnicos pertinentes para la homologación de las dos principales normas europeas en la calidad de los servicios de transporte, ya que es el Ente Nacional de Normalización según la Ley 8279 y tiene a cargo la definición y adopción de las normas técnicas.

Después de más de 15 meses de trabajo colaborativo con el aporte de los entes rectores de cada servicio, el ente regulador, prestadores, academia y representantes de usuarios, fue posible homologar y adoptar las normas nacionales para la gestión de la calidad de servicio en el transporte público.

La primera norma aprobada es la INTE G20:2020 Transporte público de personas. Definición de la calidad de servicio, objetivo y mediciones, la cual describe los criterios de calidad aplicables (servicio ofertado, accesibilidad, información, tiempo, atención al usuario, comodidad, seguridad e impacto medioambiental) y los mecanismos de evaluación.

La segunda norma aprobada es la INTE G21:2020 Transporte público de pasajeros. Requisitos básicos y recomendaciones para los sistemas de medición de la calidad de servicio producida, que describe las buenas prácticas dirigidas a los prestadores para una correcta implementación de la calidad de servicio.

El Regulador General, Roberto Jiménez Gómez, explicó que “estas normas brindan la orientación y visión de lo que en Costa Rica pretendemos tener en la calidad del transporte público, el cual es un servicio fundamental para el bienestar de las personas usuarias y la sostenibilidad”.

Es importante señalar que estas normas son de carácter voluntario y podrá ser adoptada por cualquier prestador de servicio de transporte público como parte del plan piloto que promoverá la Autoridad Reguladora a partir de este momento.

En consecuencia, corresponderá al trabajo conjunto de la ARESEP con los entes rectores de cada servicio definir las etapas, actividades y plazos para que, de manera paulatina y ordenada, la norma pueda ser de aplicación obligatoria en todo el sistema de transporte público costarricense.

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