ARESEP define tarifa única para la red de centros de carga rápida de vehículos eléctricos

·  Tarifa ¢182,72 por kWh promueve y facilita el uso de vehículos eléctricos.

·  Red de carga rápida contará con 47 centros de carga en todo el país.

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) definió una tarifa única de ¢182,72 para el funcionamiento de la red nacional de centros de carga rápida para vehículos eléctricos mediante Resolución RE-0056-IE-2019, que entrará a regir a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.

La definición de esta tarifa vendría a habilitar el pleno funcionamiento de los 47 centros de carga rápida distribuidos en todo el país, con el fin de avanzar hacia la meta de descarbonización. Este año se estima la instalación de 34 centros de recarga que se ubican en las empresas eléctricas.

Aunque actualmente los vehículos eléctricos privados pueden ser cargados en el hogar o en la empresa, la red de centros de carga rápida son una garantía para los usuarios ya que se encuentran distribuidos por todo el territorio nacional y permiten cargar los vehículos eléctricos en menos de media hora de forma que se habilita el uso de estos para realizar recorridos extensos en todo el país.

De esta forma, la Aresep atiende lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 41642-MINAE “Reglamento para la construcción y el funcionamiento de la red de centros de recarga eléctrica para automóviles eléctricos por parte de las empresas distribuidoras de energía eléctrica”, publicado en el Alcance N°161 de La Gaceta N° 128 del 9 de julio de 2019, y cumple con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 9518.

Este proceso es parte de los esfuerzos para el fortalecimiento de la regulación económica y técnica, de manera que se atiendan los temas de interés nacional de forma ágil, flexible y oportuna, sustentado en el diálogo constructivo y la participación ciudadana. 

La tarifa única es transitoria y será actualizada conforme se disponga de información sobre el uso de los centros de carga rápida.

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