[Consulta Pública: Energía, Combustible] Aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente al mes de octubre de 2024. ET-098-2024

[Consulta Pública: Energía, Combustible] Aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente al mes de octubre de 2024. ET-098-2024

Cuándo

27 de noviembre de 2024    
16:00

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) invita a los interesados a presentar por escrito sus posiciones sobre la aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente al mes de noviembre de 2024.

Puede consultar el documento de convocatoria a la consulta pública haciendo click aquí

SOBRE CÓMO PARTICIPAR: Los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones que considere de la siguiente forma:

MEDIANTE ESCRITO FIRMADO (**) (con fotocopia de la cédula), enviado por fax 2215-6002, por medio del único correo electrónico oficial (***): consejero@aresep.go.cr  o en las oficinas de la ARESEP, en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, hasta el miércoles 27 de noviembre de 2024. Debe señalar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).

PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE Y ASESORÍAS: Puede hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr  (expedientes, expediente ET-098-2024).

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.

(**) El documento con las observaciones debe indicar un número de fax, una dirección de correo electrónico o una dirección exacta de un lugar físico para recibir notificaciones. En el caso de las personas jurídicas, dicho documento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

 (**) En el caso de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo electrónico, este debe estar suscrito mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

Subir