[Consulta Pública: Transporte] Determinación de la tasa de rentabilidad para reglas de cálculo tarifario tipo 2 del servicio de autobús. OT-133-2023

[Consulta Pública: Transporte] Determinación de la tasa de rentabilidad para reglas de cálculo tarifario tipo 2 del servicio de autobús. OT-133-2023

Cuándo

21 de junio de 2023    
16:00

Dónde

ARESEP
ARESEP, Vía 310, Oficentro MULTIPARK, San Rafael, Cantón Escazú, Provincia San José, 10203, Costa Rica, San Rafael, Escazú, 10203, Oficentro MULTIPARK, San Rafael
Mapa no disponible

Puede consultar el documento de convocatoria a la consulta pública haciendo click aquí

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos invita a los interesados a presentar por escrito sus posiciones sobre la siguiente propuesta: Determinación de la tasa de rentabilidad para reglas de cálculo tarifario tipo 2 del servicio de autobús.

Cualquier interesado puede presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones que considere.  Esta posición se debe presentar mediante escrito firmado (*) (con fotocopia de la cédula), mediante el fax 2215-6002, por medio del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr ,  o de forma personal en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, situada en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del miércoles 21 de junio de 2023. Debe señalar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).

La documentación completa de la citada propuesta podrá ser consultada en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas, y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr  (expedientes, expediente OT-133-2023).

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.

(*) El documento con las observaciones debe indicar un número de fax, una dirección de correo electrónico o una dirección exacta de un lugar físico para recibir notificaciones. En el caso de las personas jurídicas, dicho documento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

(**) En el caso de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo electrónico, este debe estar suscrito mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

 

Subir