[Consulta Pública: Transporte, Autobús] Propuesta de modificación del plan de cuentas de la actividad regulada para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús, a partir de las resoluciones RE-0083-JD-2023 y RE-0092-JD-2023. OT-292-2023

[Consulta Pública: Transporte, Autobús] Propuesta de modificación del plan de cuentas de la actividad regulada para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús, a partir de las resoluciones RE-0083-JD-2023 y RE-0092-JD-2023. OT-292-2023

Cuándo

22 de noviembre de 2023    
16:00

Puede consultar el documento de convocatoria a la consulta pública haciendo click aquí

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos convoca a los interesados a consulta pública sobre la propuesta que se detalla de la siguiente manera: Propuesta de modificación del plan de cuentas de la actividad regulada para el servicio remunerado de personas, modalidad autobús, a partir de las resoluciones RE-0083-JD-2023 y RE-0092-JD-2023. 

SOBRE CÓMO PARTICIPAR: Los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones que considere de la siguiente forma:

MEDIANTE ESCRITO FIRMADO (*) (con fotocopia de la cédula), enviado por fax 2215-6002, por medio del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr,   o en las oficinas de la ARESEP, en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día miércoles 22 de noviembre de 2023. Debe señalar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).

PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE  Y ASESORÍAS:

Puede hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr  (expedientes, expediente OT-292-2023).

 Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.

(*) En el caso de las personas jurídicas, dicho documento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

 (**) En el caso de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo electrónico, este debe estar suscrito mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

 

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