[Consulta Pública: Energía, Combustible] Aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente a junio de 2023. ET-042-2023

[Consulta Pública: Energía, Combustible] Aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente a junio de 2023. ET-042-2023

Cuándo

28 de junio de 2023    
16:00

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) invita a los interesados a presentar por escrito sus posiciones sobre la aplicación tarifaria de oficio para el ajuste extraordinario de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, correspondiente a junio de 2023.

Puede consultar el documento de convocatoria a la consulta pública haciendo click aquí

SOBRE CÓMO PARTICIPAR: Los interesados pueden presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones que considere de la siguiente forma:

MEDIANTE ESCRITO FIRMADO (*) (con fotocopia de la cédula), enviado por fax 2215-6002, por medio del único correo electrónico oficial (**): consejero@aresep.go.cr  o en las oficinas de la ARESEP, en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día miércoles 28 de junio de 2023. Debe señalar un medio
para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).

PARA CONSULTAR EL EXPEDIENTE Y ASESORÍAS: Puede hacerlo en las instalaciones de la ARESEP en horario de 8:00 am a 4:00 pm o descargando el expediente en la dirección electrónica: www.aresep.go.cr  (expedientes, expediente ET-042-2023).

Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.

(*) El documento con las observaciones debe indicar un número de fax, una dirección de correo electrónico o una dirección exacta de un lugar físico para recibir notificaciones. En el caso de las personas jurídicas, dicho documento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.

 (**) En el caso de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo electrónico, este debe estar suscrito mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.

Subir