La ARESEP impuso multas por ¢27.950 millones a varios prestadores de servicio público por no aplicar las tarifas autorizadas o incumplir obligaciones contractuales.
Una de las sanciones recayó en un taxista por no usar el taxímetro o maría y a varios autobuseros por cobrar tarifas superiores a las aprobadas por la Autoridad Reguladora.
Las denuncias fueron presentadas por usuarios que se vieron afectados cuando recibieron el servicio público y a partir de ahí la Dirección General de Atención al Usuario realizó las inspecciones y tramitó los procedimientos administrativos, con el fin de comprobar la veracidad de las denuncias.
Los casos sancionados son los siguientes:
· Multa de ¢7.988.000,00 impuesta al señor Santiago Trejos Salas, concesionario del taxi placas TA-1668, de la base de operaciones de Grecia, Alajuela. En este caso se tuvo por demostrado que, pese a ser un servicio autorizado para transportar personas con discapacidad, el espacio para sillas de ruedas fue eliminado y se instalaron más asientos a fin de prestar el servicio llamado “colectivos” sin hacer uso de la maría. A este concesionario, en octubre del 2013, la Junta Directiva del Consejo de Transporte Público, le había llamado la atención y le ordenó no modificar la capacidad del vehículo, ni realizar servicios colectivos, pese a lo cual, continuó con esas prácticas.
· Multa de ¢5.991.000,00, impuesta a Transportes MCA de Ciudad Quesada S.A., por haber cobrado tarifas superiores a las autorizadas por la Aresep, en la ruta 218 (Ciudad Quesada- San Marcos de Cutris Ext Betania, y viceversa). En el proceso se acreditó que en el año 2013, esa empresa cobraba hasta ¢1400, cuando la tarifa autorizada era de ¢1035.
· Multa de ¢7.988.000,00, impuesta a Transportes Duarte de la Península S.A., por haberse demostrado que en los años 2013 y 2014, cobró tarifas superiores a las autorizadas en la ruta 1501 (San José-Quebrada Honda- Santa Bárbara- Corralillo- Ortega Bolsón y viceversa, Guanacaste). En las inspecciones realizadas se pudo verificar que pese a que la tarifa autorizada era de ¢1280, la empresa estaba cobrando para el recorrido San José-Bolsón la suma de ¢3800.
· Multa de ¢5.991.000,00, a Transporte de Upala S.A. por haber incurrido, durante el año 2014, en el cobro de tarifas superiores a las autorizadas por la Aresep en la ruta 515 (San José- Bagaces- Aguas Claras y viceversa, San José- Upala por Cañas y viceversa- San José- Upala por San Carlos y viceversa, Liberia- Bagaces- Aguas Claras y viceversa, Upala- Armenias- Aguas Claras y viceversa, Aguas Claras- Las Colonias y viceversa, Ciudad Quesada- Upala- Peñas Blancas y viceversa). En el procedimiento se acreditó
· que para el recorrido Peñas Blancas – Santa Cecilia, se cobraba la suma de ¢1000, cuando la tarifa autorizada era de ¢770.
El detalle de las multas impuestas se muestra a continuación:
Nombre | Servicio | Conducta sancionada | Monto de la multa |
Santiago Trejos Salas | Taxi | No uso de taxímetro y alteración de taxi destinado a personas con discapacidad | ₡ 7.988.000,oo |
MCA de Ciudad Quesada S.A. | Autobús | Tarifa superior | ₡ 5.991.000,oo |
Transportes Duarte de la Península S.A. | Autobús | Tarifa superior | ₡ 7.988.000,oo |
Transnorte de Upala S.A. | Autobús | Tarifa superior | ₡ 5.991.000,oo |
Según Marta Monge, directora de la Dirección General de Atención al Usuario, es importante que los taxistas cumplan con las condiciones que se establecen en el contrato de concesión y las resoluciones de la Aresep en cuanto al uso de los taxímetros para todos los recorridos y el cumplimiento de la ley 7600; así mismo, los operadores de autobús deben cobrar las tarifas fijadas por esta Autoridad, no hacerlo puede tener consecuencias económicas e incluso la pérdida de la concesión.