Boletín 26-2026
- El Banco Central dispuso que las monedas de ₡5 dejarán de ser medio de pago a partir del 1° de julio de 2026
- Las tarifas se redondean al múltiplo de ₡10 más cercano para facilitar el pago en efectivo
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) ajustó las tarifas de autobuses, taxis, ferrocarril, cabotaje y peajes que actualmente terminan en ₡5, por lo que a partir del 1° de julio de 2026, estas tarifas se redondearán al múltiplo de ₡10 más cercano.
Este cambio responde a la decisión del Banco Central de Costa Rica (BCCR), emitida en enero de este año, de retirar las monedas de ₡5 como medio de pago a partir del mes de julio. Por esta razón, el ajuste busca asegurar que las personas usuarias puedan pagar en efectivo sin inconvenientes.
El redondeo se aplica según las metodologías y criterios tarifarios vigentes, utilizando la moneda de menor denominación disponible (₡10). En todos los casos los nuevos redondeos a ₡10 se hicieron a partir de los resultados tarifarios originales sin redondeo.
Ajustes en las tarifas de autobús
- Un 48,3% de las tarifas no tendrán cambios (2.324 tarifas).
- Un 24,9% disminuirá ₡5 (1.197 tarifas).
- Un 26,8% aumentará ₡5 (1.288 tarifas).
A partir del 1° de julio de 2026, todas las tarifas de autobús quedarán expresadas en múltiplos de ₡10. Este ajuste se realizó tras el proceso de consulta pública y la publicación de la resolución en el Diario Oficial La Gaceta el pasado 19 de junio. También la ARESEP sigue avanzando en la incorporación de reglas tarifaria para incentivar el pago electrónico mediante SINPE-TP.
Ajustes en las tarifas de taxis
Únicamente las tarifas para el taxi adaptado para personas con discapacidad (banderazo, variable distancia, demora) tendrán un aumento de ₡5.
Las tarifas de taxis tipo sedán y rural y de la base especial del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (taxis anaranjados) no cambian.
Este ajuste también fue sometido a consulta pública y publicado en Diario Oficial La Gaceta el 22 de mayo. Con lo anterior a partir del 1° de julio, los taxis deberán también ajustar el valor programado en los taxímetros para que funcionen con incrementos de ₡10.
Ajustes en las tarifas de ferrocarril
En el caso del servicio de tren, las tarifas se mantendrán sin cambios en las rutas Indoor Club – Estación del Pacífico, Estación del Pacífico – Metrópoli III, Universidad Latina – Heredia y Alajuela – Heredia.
Por su parte, las rutas Estación del Pacífico – Belén, Indoor Club – Metrópoli III, Estación del Atlántico – Heredia y Estación del Atlántico – Cartago registrarán un aumento de ₡5, como parte del proceso de ajuste y redondeo tarifario
Ajustes en las tarifas de cabotaje
Para el servicio de cabotaje, las tarifas para personas adultas en la ruta Puntarenas – Paquera y para personas menores en la ruta Puntarenas – Playa Naranjo se mantendrán sin cambios.
En otras rutas, se aplicarán reducciones de ₡5. Este es el caso de la tarifa para personas adultas en la ruta Puntarenas – Playa Naranjo y para personas menores en la ruta Puntarenas – Paquera.
En el servicio de cabotaje menor, también se registran variaciones. Se reducirá ₡5 en la tarifa para personas menores en la ruta Isla de Chira – Costa de Pájaros, así como para todas las personas usuarias en las rutas Puerto Lindo – Barra del Colorado y Tortuguero – La Pavona. Por su parte, la ruta Periférica Tortuguero – San Francisco tendrá un aumento de ₡5.
Ajustes en las tarifas de peaje
En el caso de los peajes, se aplicarán reducciones de ₡5 para vehículos livianos en la carretera Florencio del Castillo, así como para autobuses y furgones en la carretera Braulio Carrillo. Para el resto de las categorías vehiculares en ambas carreteras, las tarifas se mantendrán sin cambios.
En las carreteras General Cañas y Bernardo Soto se contemplaban ajustes, tanto al alza como a la baja, de ₡5; sin embargo, actualmente el cobro en estas rutas se encuentra suspendido por CONAVI.
Finalmente, en el caso de la inspección técnica vehicular, la ARESEP recuerda que las tarifas vigentes corresponden a montos máximos, a los cuales se debe sumar el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Por esta razón, corresponde al prestador del servicio comunicar las tarifas finales a las personas usuarias, las cuales deberán expresarse en múltiplos de ₡10.
ARESEP recuerda a los operadores que, en ninguna circunstancia, pueden retener el vuelto o cambio a los usuarios al pagar el servicio de transporte; si esto ocurre podría considerarse cobro irregular de tarifas lo puede ser sancionado según la legislación vigente. El listado de tarifas puede ser consultado en la página web de la ARESEP (www.aresep.go.cr) o en la aplicación móvil ARESEP.