La ley actual excluye la función de fijar tarifas al Regulador General; a cambio se le atribuyen otras responsabilidades, como ejercer acciones para fortalecer la credibilidad de la institución, velar por los usuarios y otras actividades administrativas. La función de fijar tarifas recae en la ARESEP como institución´y la Junta Directiva es la encargada de definir a quien se le delega.
La ley actual, en el artículo 57, establece las siguientes funciones para el Regulador:
- “Velar por la independencia, efectividad y credibilidad de la Autoridad Reguladora y sus órganos, así como ejecutar las acciones necesarias para fortalecerlas.
- Promover la participación en la toma de decisiones y la defensa de los derechos de los usuarios de los servicios regulados.
- Ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Institución.
- Ejecutar y velar por que se cumplan, como superior jerárquico en materia administrativa, la política y los programas de la Autoridad Reguladora.
- Resolver los recursos que deba conocer en materia laboral.
- Presidir las reuniones de la Junta Directiva y preparar su agenda.
- Proponer a la Junta Directiva la aprobación o improbación de los planes de trabajo y presupuestos.
- Suscribir los contratos de concesión para los servicios públicos que así lo requieran.
- Asistir a los foros nacionales o internacionales sobre los servicios regulados por la Autoridad Reguladora o delegar tal participación en otros miembros de la Junta Directiva o en funcionarios de la Institución.
- Representar a la Autoridad Reguladora ante los organismos reguladores internacionales, cuando se trate de los servicios públicos de su competencia.
- Todo cuanto la ley le indique”.