[Consulta Pública: Transporte, Autobús] Determinación del precio del sistema automatizado de conteo de pasajeros, a utilizarse en las fijaciones ordinarias del servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús. OT-270-2023
Puede consultar el documento de convocatoria a la consulta pública haciendo click aquí
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de acuerdo, con el memorando ME-0440-IT-2023 convoca a los interesados a consulta pública de conformidad con el artículo No. 361 de la Ley General de Administración Pública, propuesta que se detalla de la siguiente manera: Consulta Pública para la determinación del precio del sistema automatizado de conteo de pasajeros, a utilizarse en las fijaciones ordinarias del servicio de transporte remunerado de personas, modalidad autobús.
Cualquier interesado puede presentar una posición a favor o en contra, indicando las razones que considere. Esta posición se debe presentar mediante escrito firmado (*) (con fotocopia de la cédula), mediante el fax 2215-6002, por medio del correo electrónico (**): consejero@aresep.go.cr, o de forma personal en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, situada en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark, Guachipelín de Escazú, San José, hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del día jueves 26 de octubre de 2023. Debe señalar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico, número de fax o dirección exacta).
La documentación completa de la citada propuesta podrá ser consultada en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas, y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (participación ciudadana, consulte un expediente digital, expediente OT-270-2023).
Para asesorías e información adicional comuníquese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a la línea gratuita número 8000 273737.
(*) En el caso de las personas jurídicas, dicho documento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y aportar certificación de personería jurídica vigente.
(**) En el caso de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo electrónico, este debe estar suscrito mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados, además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.