ARESEP mantiene posición sobre convenciones colectivas

La Intendencia de Energía de Aresep rechazó el recurso de revocatoria presentado por Recope por el no reconocimiento de los casi ¢5.000 millones asociados a gastos derivados de su convención colectiva.

El pasado mes de mayo, Recope solicitó un ajuste de  ¢9 por litro en su margen de operación, sin embargo, la Intendencia de Energía recortó sus gastos en ¢20.363  millones lo que implicó que se aprobara un ajuste en el margen de operación de sólo ¢2.

Dentro de los costos que se excluyeron del cálculo de la tarifa derivados de la convención colectiva, se encuentran: el fondo de ahorro, préstamos, vivienda, recreación y garantía, incluidos los gastos administrativos relacionados con la administración de este fondo, servicio de restaurantes (soda), útiles y materiales para recepciones, becas otorgadas a los hijos de los trabajadores, entre otros. También se excluyeron gastos relacionados con servicios de salud (trabajo social, psicología laboral, odontología, ginecología, entre otros).

Las razones por las cuales se rechazó el recurso presentado por Recope son las siguientes:

1.     La Ley de Aresep establece la obligación de la Autoridad Reguladora de respetar el principio de servicio al costo, que constituye la base para la fijación de las tarifas y precios de los servicios públicos, de manera que dentro de las tarifas se contemplen solamente los costos asociados a la prestación del servicio y el deber de excluir aquellas erogaciones innecesarias o ajenas a la prestación del mismo.

2.     Las convenciones colectivas son condiciones establecidas entre los funcionarios y la empresa y por lo tanto, las obliga entre sí, pero no a terceros; sobre ellas (convenciones colectivas) prevalece la Ley de Aresep, lo que faculta al Regulador a excluir gastos no relacionados con la prestación del servicio público; todo ello con respaldo de sentencias del Juzgado y Tribunal Contencioso Administrativo en 2013, que valida las actuaciones de la ARESEP.

Por su parte, otro de los argumentos presentado por Recope en su recurso, es el no reconocimiento de gastos relacionados con la Gerencia de Refinación que incluye las remuneraciones de 373 funcionarios; sin embargo, dicho argumento también fue rechazado por la Intendencia de Energía, por cuanto, a pesar de que dicha empresa no refina desde 2011, Recope no justificó debidamente que esos funcionarios llevaran a cabo labores asociadas al almacenamiento, trasiego y distribución de combustibles.

Dicha obligación debe ser cumplida por Recope en todas las fijaciones tarifarias, sin embargo, pese a que se le previno, sólo justificó las labores de 23 funcionarios.

Con el rechazo del recurso, la Intendencia de Energía mantiene su posición de no trasladar a las tarifas pagadas por los usuarios, gastos desproporcionados, excesivos,  ajenos e innecesarios relacionados con la prestación del servicio público y que no se encuentren debidamente justificados.

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