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URL:https://aresep.go.cr/audiencias/consulta-publica-transporte-procedimie
 nto-de-capacidad-de-penetracion-de-recursos-energeticos-distribuidos-der-p
 or-circuito-de-distribucion-que-se-integran-con-las-redes-de-distribucion-
 del-sen-l/
SUMMARY:[Consulta Pública Transporte] Procedimiento de capacidad de penetr
 ación de recursos energéticos distribuidos (DER) por circuito de distrib
 ución que se integran con las redes de distribución del SEN (LEY 10086).
  OT-132-2023
DESCRIPTION:\n\nPuede consultar el documento de convocatoria a la consulta 
 pública haciendo click aquí\n\n\n\nLa Autoridad Reguladora de los Servic
 ios Públicos invita a los interesados a presentar por escrito sus posicio
 nes sobre la propuesta que se detalla a continuación:\n\n\n\n\n\n\nPROCED
 IMIENTO DE CAPACIDAD DE PENETRACIÓN DE RECURSOS ENERGÉTICOS DISTRIBUIDOS
  (DER) POR CIRCUITO DE DISTRIBUCIÓN QUE SE INTEGRAN CON LAS REDES DE DIST
 RIBUCIÓN DEL SEN (LEY 10086)\n\n\n\nEl objetivo principal de este procedi
 miento es establecer en detalle los requisitos técnicos\, información y 
 criterios a considerar por las empresas distribuidoras y el Operador de Si
 stema (OS) para determinar la capacidad de penetración (o alojamiento) po
 r circuito de distribución de recursos energéticos distribuidos (DER) qu
 e se integran con las redes de distribución del Sistema Eléctrico Nacion
 al (SEN) sin impactar la calidad y confiabilidad del servicio eléctrico\,
  tanto a nivel de media tensión (MT) como baja tensión (BT)\, de manera 
 que se cumpla con los criterios de seguridad operativa\, así como los cri
 terios de calidad\, cantidad\, oportunidad\, continuidad\, confiabilidad\,
  seguridad y desempeño establecidos en la regulación nacional.\n\nEl alc
 ance de este instrumento consiste en definir los criterios de evaluación 
 y los análisis que requiere realizar las empresas distribuidoras y el OS 
 para obtener la capacidad de penetración de DER por circuito de distribuc
 ión\, de acuerdo con la Ley No. 10086 “Promoción y regulación de recu
 rsos energéticos distribuidos a partir de fuentes renovables”.\n\n\nNot
 a: Esta propuesta se somete a consulta pública según lo establecido en e
 l acuerdo de la Junta Directiva número 04-38-2023\, del acta de la sesió
 n extraordinaria 38-2023\, celebrada el 9 de mayo de 2023 y ratificada el 
 16 de mayo de 2023.\n\n\n\nCualquier interesado puede presentar una posici
 ón a favor o en contra\, indicando las razones que considere.  Esta posi
 ción se debe presentar mediante escrito firmado (*) (con fotocopia de la 
 cédula)\, mediante el fax 2215-6002\, por medio del correo electrónico (
 **): consejero@aresep.go.cr \,  o de forma personal en las oficinas de la
  Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos\, situada en el edificio 
 Turrubares del Oficentro Multipark\, Guachipelín de Escazú\, San José\,
  hasta las 16 horas (4:00 p.m.) del jueves 08 de junio de 2023. Debe seña
 lar un medio para recibir notificaciones (correo electrónico\, número de
  fax o dirección exacta).\n\nLa documentación completa de la citada prop
 uesta podrá ser consultada en la Autoridad Reguladora de los Servicios P
 úblicos\, de lunes a viernes entre las 08:00 y las 16:00 horas\, y en la 
 siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr  (expedientes\, exped
 iente  OT-132-2023).\n\nPara asesorías e información adicional comuníq
 uese con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.
 go.cr  o a la línea gratuita número 8000 273737.\n\n\n\n\n (*) El docu
 mento con las observaciones debe indicar un número de fax\, una direcció
 n de correo electrónico o una dirección exacta de un lugar físico para 
 recibir notificaciones. En el caso de las personas jurídicas\, dicho docu
 mento debe ser suscrito por el representante legal de dicha entidad y apor
 tar certificación de personería jurídica vigente.\n\n (**) En el caso 
 de que el documento con las observaciones sea enviado por medio de correo 
 electrónico\, este debe estar suscrito mediante firma digital\, o en su d
 efecto\, el documento con la firma debe ser escaneado y cumplir con todos 
 los requisitos arriba señalados\, además el tamaño de dicho correo elec
 trónico no puede exceder a 10\,5 megabytes.\n\n\n&nbsp\;\n\n
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